Comunidad de Madrid |
PROGRAMA |
AYUDAS PARA LA MEJORA DE LAS ESTRUCTURAS AGRARIAS: INVERSIONES EN LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS MEDIANTE PLANES DE MEJORA |
DESTINATARIO |
De forma general, con las excepciones que marca el Real Decreto 204/1996, se pueden acoger a estas ayudas:
- Las personas físicas o jurídicas que cumplan las siguientes condiciones:
- Ser titular de una explotación agraria.
Presentar un plan de mejora de su explotación.
Comprometerse a ejercer la actividad agraria en la explotación objeto de la ayuda durante al menos cinco años contados desde la fecha de la concesión de la ayuda.
Comprometerse a llevar, en su caso, una contabilidad simplificada de los ingresos y gastos de la explotación.
Justificar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
- Las personas físicas deberán cumplir además:
- Ser agricultor profesional.
- Poseer una capacitación profesional suficiente.
- Estar afiliado al Régimen de la Seguridad Social que corresponda.
Tener dieciocho años cumplidos y no haber cumplido los sesenta y cinco.
Residir en la comarca en donde radique su explotación o en alguna de las comarcas limítrofes.
- Las personas jurídicas, además de las señaladas con carácter general, deberán cumplir:
- Que la actividad principal sea la agrícola-ganadera.
- Que se trate de una explotación agraria prioritaria.
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CARACTERÍSTICAS |
Ayudas de hasta un 65% de la inversión total en forma de: subvención de capital, bonificación de intereses, subvención de anualidades de amortización del principal, sufragación de costes de aval, o una combinación de ellas. |
PLAZO |
Sin plazo. Vigencia indeterminada. |
ORGANISMO
RESPONSABLE |
CONSEJERIA DE ECONOMIA Y EMPLEO
Dirección General de Agricultura y Alimentación
Ronda de Atocha, 17 - 28012 MADRID
Tfno.: 580 16 00 |
NORMATIVA |
- Orden 571/97, de 10 de febrero, de la Consejería de Economía y Empleo.(BOCM 19/02/97)
- REAL DECRETO 204/96, de 9 de febrero de 1996, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. (BOE 10/02/96)
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