Comunidad de Madrid

PROGRAMA

SUBVENCIONES AL RECARGO AUTONÓMICO SOBRE EL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (I.A.E.)

DESTINATARIO

Personas físicas y jurídicas que inicien actividades empresariales, profesionales y artísticas dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y cumplan los siguientes requisitos:

  • Haber iniciado la actividad entre el 1 de enero de 1996 y el 31 de diciembre de 1997.
  • Haber pagado el Impuesto sobre Actividades Económicas y el recargo autonómico correspondiente en período voluntario.
  • Haber creado al menos un puesto de trabajo por cuenta ajena con carácter indefinido, no discontinuo, y a jornada completa. Si se tratara de contratos indefinidos con reducción de la jornada habitual, o de carácter estacional, haber creado el número de contratos necesarios para mantener la equivalencia en la jornada laboral (ocho horas) y en la forma de prestación (continua).

* Quedan excluidos de la subvención los puestos de trabajo correspondientes a los administradores, gerentes y cargos directivos de las empresas.

CARACTERÍSTICAS

  • Subvención del 50% del recargo autonómico sobre el Impuesto de Actividades Económicas, para las personas físicas y jurídicas que creen entre uno y cinco puestos de trabajo de carácter indefinido, no discontinuo y a jornada completa, o equivalentes.
  • Subvención del 100% del recargo autonómico sobre el Impuesto de Actividades Económicas para las que creen más de cinco puestos de trabajo de carácter indefinido, no discontinuo y a jornada completa, o equivalentes.

* La presente subvención puede solicitarse también para el segundo año de actividad.

* El límite de subvención será de 100.000 ECUS (aproximadamente, 16 millones de pesetas) por empresa en un período de tres años.

PLAZO

30-09-1998 para actividades que se inicien durante 1997.
Para el segundo año de actividad, la subvención deberá solicitarse antes del 30 de octubre de 1997 y 1998, para las actividades empresariales iniciadas en 1996, y 1997, respectivamente

ORGANISMO
RESPONSABLE

CONSEJERIA DE ECONOMIA Y EMPLEO
Dirección General de Economía y Planificación
C/ Príncipe de Vergara, 132 - 28002 MADRID
Tfno.: 580 22 00

NORMATIVA

Orden 7346/96, de 27 de diciembre, de la Consejería de Economía y Empleo. (BOCM 03/01/97)